El régimen de visitas es el derecho y también la obligación que tiene el progenitor que no tiene la guardia y custodia de los hijos menores de edad o discapacitados mayores de edad para visitarlos, estar y comunicarse con ellos. El régimen de visitas viene regulado en el artículo 94 del Código Civil, así como en otras leyes y tratados, con base al reconocimiento del interés superior del niño. El régimen de visitas no es un propio derecho sino un complejo de derecho-deber o derecho-función, cuyo adecuado cumplimiento tiene por finalidad cubrir las necesidades afectivas y educacionales de los menores en aras a un desarrollo equilibrado de los mismos. Su finalidad no es otra que fomentar las relaciones humanas entre los hijos y sus progenitores y mantener latente la corriente afectiva padres-hijos, pese a la separación o el divorcio, procurando que a los niños no les afecte gravemente la separación de los padres. Tipos de régimen de visitas Podríamos diferenciar el régimen de visitas de los hijos menores atendiendo a si dicho régimen se establece de mutuo acuerdo o por el Juez. En definitiva, se trata de acomodar y compatibilizar los tiempos del hijo con sus progenitores. Es habitual que el régimen de visitas cuando no hay acuerdo sobre otro distintos, que sea de fines de semana alternos y la mitad de los periodos de vacaciones escolares. Cuando los hijos son de bebés y por tanto de corta edadse suele establecer un régimen de visitas acorde con su temprana edad por lo que es habitual que sea gradual en el sentido de que a medida que el hijo va creciendo el régimen de visitas también. Puede ser que se den ciertas particularidades que recomienden establecer un régimen de visitas no normalizado acordando visitas o periodos de estancias adaptados las circunstancias concretas del caso y siempre por considerar que es lo mejor para el menor.
Marihuana Dolores es abogada, profesora asociada en la Universidad de Alicante y malamadre. Y estamos encantadas de por fin contar con alguien que nos puede ayudar tanto. Cuando una malamadre toma esta decisión de separarse, lo hace siempre con un temor infinito a que sus hijos vayan a salir perjudicados por la ruptura familiar, baza a nivel afectivo como a altitud económico. En todos los casos que conozco, este temor, unido al sentimiento de culpa, retrasan la separación efectiva, a veces de manera contraproducenteya que se llegan a dar situaciones de mucha tensión entre los miembros de la pareja que acaban afectando negativamente a los niños. Decidir que los hijos vivan por períodos equivalentes de tiempo con cada uno de los progenitores es algo difícil de admitir para una malamadre, sobre todo si alguno de los niños es bastante pequeño.
Usted es el demandado. Ser el querellado en un caso de divorcio no es lo mismo que ser el demandado acusado en un caso galera. No significa que usted sea la persona que hizo algo mal o que esté en problemas. No significa que su cónyuge pueda tomar todas las decisiones en su divorcio. Solo significa que su cónyuge fue la persona que presentó los papeles frontal para empezar el caso de divorcio. Es importante que comprenda sus arancel y responsabilidades como una parte en un caso de divorcio.